En el ordenamiento jurídico romano, la capacidad jurídica no se adquiere por el hecho del nacimiento de la persona a diferencia de lo que ocurre en nuestro derecho actual donde la personalidad se ad
En el ordenamiento jurídico romano, la capacidad jurídica no se adquiere por el hecho del nacimiento de la persona a diferencia de lo que ocurre en nuestro dere cho actual donde la personalidad se adquiere en el momento mismo del nacimiento con vida una v